lunes, 26 de noviembre de 2007

Los Derechos de los Niños

I.- DERECHO A LA IDENTIDAD
El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y una nacionalidad, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos.El gobierno tiene obligación de proteger la identidad, el nombre, la nacionalidad y las relaciones familiares del niño.

II.- EL DERECHO A LA FAMILIA
El niño tiene derecho a vivir con uno o ambos padres excepto cuando se considere que ello es incompatible con el interés superior del niño. El niño que esté separado de uno o de ambos padres tiene derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.

III.- EL DERECHO A EXPRESARSE LIBREMENTE Y AL ACCESO A LA INFORMACIÓN
Los niños tienen derecho a expresar sus opiniones libremente y a que esa opinión sea debidamente tenida en cuenta en todos los asuntos que le afecten, así como a expresar sus puntos de vista, obtener información y difundir informaciones e ideas de todo tipo.
Los niños tienen derecho a la protección contra injerencias en su vida privada, su familia, su domicilio y su correspondencia.
El niño tendrá acceso a información y material procedentes de diversas fuentes nacionales e internacionales. Esos materiales deberían ser de interés social y cultural para el niño, y se debería desalentar la difusión de materiales perjudiciales para él.

IV.- EL DERECHO A UNA VIDA SEGURA Y SALUDABLE
Todos los niños disfrutan del derecho a la vida, a gozar de los beneficios de seguridad social, derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados. y el gobierno debe hacer todo lo posible por garantizar la supervivencia y el desarrollo de los niños.

V.- EL DERECHO A LA PROTECCIÓN ESPECIAL EN TIEMPOS DE GUERRA

Los niños refugiados o que traten de obtener el estatuto de refugiado serán objeto de protección especial, ya que el el niño debe, en todas circuntancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
Los niños menores de 15 años de edad no participarán en los conflictos armados. Los niños afectados por los conflictos armados tienen derecho a cuidado y atención especiales.
Los niños que hayan sido víctimas de los conflictos armados, la tortura, el abandono, el maltrato o la explotación recibirán tratamiento especial orientado a lograr su recuperación.

VI.- EL DERECHO A LA EDUCACIÓN
El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria, por lo menos en etapas elementales. Todos los niños deberían tener acceso a la enseñanza secundaria.

VII.- EL DERECHO DE LOS NIÑOS IMPEDIDOS A LA ATENCIÓN ESPECIAL
El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social, debe de recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especial que requiere en caso particular.
VIII.- EL DERECHO A LA PROTECCIÓN CONTRA LA DISCRIMINACIÓN
Todos los derechos se aplican a todos los niños, y los niños deben ser protegidos contra toda forma que puedan fomentar la discriminación.
El niño debe de disfrutar de todos los derechos sin discriminación de raza, color, sexo, idioma o religión.

IX.- EL DERECHO A LA PROTECCIÓN CONTRA LOS ABUSOS
El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad, abusos sexuales y explotación.
El gobierno tiene obligación de hacer todo lo posible para prevenir los secuestros y la retención ilícita de niños en el extranjero por parte de sus padres o terceros, así como también de tomar las medidas adecuadas para impedir la venta, la trata y el secuestro de los niños.

X.- EL DERECHO A LA PROTECCIÓN CONTRA EL TRABAJO PERJUDICIAL
Los niños tienen derecho al descanso, al esparcimiento, al juego y a participar en actividades artísticas y culturales; y a estar protegidos contra el desempeño de cualquier trabajo que ponga en peligro su salud, educación o desarrollo.
XI.- EL DERECHO A TRATO ESPECIAL EN CASO DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD
Ningún niño será sometido a torturas ni a otros tratos o penas crueles, ni será detenido o privado de su libertad ilícitamente. Todo niño privado de su libertad tendrá acceso a la asistencia jurídica, así como a mantener contacto con su familia.
Los niños que haya transgredido las leyes, sean acusados o declarados culpables, cuentan con el derecho a recibir asistencia jurídica y trato respetuoso de sus derechos.
El niño dispondrá de oportunidades y servicios, para que pueda desarrollarse física, mental, espiritual y moralmente de forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad.


1 comentarios:

SARA MARTINEZ dijo...


GRacias POR TU CORAVORACION ME SILVIO MUCHO PARA MI BLOGGER :)